El periodista y abogado argentino Eduardo Feinmann criticó el silencio de los medios de comunicación que no cubrieron la multitudinaria manifestación pro vida realizada en la Basílica de Nuestra Señora de Luján, el domingo 8 de julio; pero que sí dan cobertura cuando se trata de la reunión de un pequeño grupo de feministas a favor del aborto.
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Peregrinos de distintos puntos del país se reunieron ante la imagen de la Patrona de Argentina para clamar por el respeto a la vida ante la amenaza de la ley del aborto, además de renovar su consagración a la Virgen de Luján.
En el noticiero que conduce en el canal “A24”, Eduardo Feinmann se refirió a este evento como una “manifestación impresionante”.
“Yo no entiendo por qué los medios de comunicación no han mandado ni un móvil a una de las manifestaciones más impresionantes de los últimos tiempos en contra del aborto o a favor de las dos vidas”, cuestionó el periodista.
En contraste, subrayó la gran cobertura que tuvo una manifestación del 6 de julio, en la que un grupo de personas, mucho menor que las reunidas en Luján, protestó frente al Hospital Universitario Austral, institución que se opone al aborto y exige la objeción de conciencia institucional en caso de aprobarse el proyecto de ley.
“50 feministas a favor del aborto, en contra del Hospital Austral (que) se opone si sale la ley a realizar los abortos. Ahí sí el pañuelo verde tiene mucha prensa, las dos vidas no tanto”, criticó Feinmann.
El 3 de julio el Senado comenzó el debate de la legalización del aborto en las comisiones de Salud y Justicia y Asuntos Penales; luego que fue aprobado el 14 de junio por la Cámara de Diputados.
La iniciativa aprobada por los diputados permite el aborto libre hasta la semana 14 de gestación; y hasta los nueve meses de embarazo bajo las causales de violación, riesgo de vida y salud de la madre e inviabilidad fetal.
En cuanto a la objeción de conciencia, sólo podrá pedirla el profesional de manera individual, escrita y con anticipación.
El proyecto aprobado por los diputados prohíbe la objeción de carácter institucional y obliga a los establecimientos de salud a realizar el aborto si la mujer lo exige como “atención médica inmediata”.
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